¿Cómo puedo apelar la decisión final?

Luego de que FEMA haya revisado su solicitud, los resultados de la inspección y/o los documentos presentados, usted recibirá una carta que explica:

  • si se aprobó su solicitud para recibir asistencia
  • cuánta asistencia recibirá
  • cómo debe ser utilizada la asistencia
  • cómo apelar la determinación de FEMA si usted no está de acuerdo

Se le enviará la carta por correo electrónico o correo postal, según la opción que eligió al completar la solicitud.

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Para desastres declarados antes del 22 de marzo de 2024, es posible que necesite presentar una solicitud de préstamo de la Agencia Federal de Pequeños Negocios (SBA, por sus siglas en inglés) antes de ser considerado para ciertos tipos de asistencia de FEMA. Obtenga más información sobre los préstamos de la Agencia Federal de Pequeños Negocios (SBA, por sus siglas en inglés) y cómo el proceso de solicitud de préstamo se relaciona a la asistencia por desastre de FEMA.

Puede haber recibido información sobre un préstamo por desastre de la Agencia Federal de Pequeños Negocios (SBA, por sus siglas en inglés) para cubrir necesidades adicionales que no han sido satisfechas. Para desastres declarados antes del 22 de marzo de 2024, es posible que necesite presentar una solicitud de préstamo de la Agencia Federal de Pequeños Negocios (SBA, por sus siglas en inglés) antes de ser considerado para ciertos tipos de asistencia de FEMA. Obtenga más información sobre los préstamos de la Agencia Federal de Pequeños Negocios (SBA, por sus siglas en inglés) y cómo el proceso de solicitud de préstamo se relaciona a la asistencia por desastre de FEMA.

Si no está de acuerdo con la decisión de FEMA, puede apelar. La apelación debe ser presentada en los 60 días luego de la fecha en la carta de determinación.

Si tiene dudas sobre la carta que recibió o sobre cómo presentar una apelación, puede comunicarse con la línea de ayuda de FEMA llamando al 1-800-621-3362.

Documentos que debe incluir en su apelación

La carta enviada por FEMA proporcionará información adicional sobre los tipos de documentos o información que deberá proporcionar si decide apelar la determinación inicial de FEMA. Los documentos necesarios son aplicables según la determinación tomada. Por ejemplo, si va a apelar para recibir asistencia adicional para reparar su vivienda, deberá proporcionar a FEMA recibos, facturas o cotizaciones de reparaciones recibidos por las reparaciones que necesitó su vivienda como resultado del desastre. Si fue afectado por un desastre declarado después del 22 de marzo de 2024, no es necesario que envíe una carta de apelación firmada junto a sus documentos para la apelación.

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Con la carta, FEMA proporcionará un formulario de apelación que puede ser utilizado para presentar información adicional, si elige hacerlo. También puede descargar el formulario de apelación.

Al presentar documentos o información a FEMA, debe incluir su número de solicitud de FEMA y número de desastre en cada página.

Si fue afectado por un desastre declarado antes del 22 de marzo de 2024, es necesario que presente una carta de apelación firmada que explique por qué cree que la determinación sobre la cantidad o tipo de asistencia que recibió es incorrecta. Esta carta es un complemento a su información o documentos nuevos o adicionales que no había presentado previamente. Usted o su co-solicitante deben firmar la carta. También puede enviar el formulario de apelación firmado en lugar de una carta.

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How to Write and Appeal
Descargar infografía - Cómo redactar una carta de apelación

Cómo presentar su carta de apelación

Puede presentar su apelación y documentación de apoyo por Internet, de forma presencial, por correo postal o fax.

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Si decide que un tercero presente una apelación en su nombre, incluya una declaración firmada por usted que autorice al tercero a apelar la determinación en su nombre, a menos que esos documentos ya hayan sido presentados.

Por Internet

Si creó una cuenta por Internet, puede administrar las apelaciones mediante esta cuenta. Visite Disasterassistance.gov/es, inicie sesión en su cuenta y suba todos los documentos de apoyo utilizando el "Centro de subida" de correspondencia.  

De forma presencial

Puede presentar su documentación de apelación en un Centro de Recuperación por Desastre.

Mediante correo postal

Puede enviar sus documentos de apelación a:

FEMA - Centro Nacional de Servicio de Procesamiento del Programa de Individuos y Familias
P.O. Box 10055
Hyattsville, MD 20782-8055

Por fax

Envíe sus documentos de apelación a:

(800) 827-8112
Asunto: FEMA - Programa de Individuos y Familias

Luego de presentar su apelación

Todas las apelaciones son revisadas. Las determinaciones suelen ocurrir dentro de los 30 días luego de recibir la apelación, sin embargo, una determinación puede tomar hasta 90 días.

FEMA puede solicitar información adicional si no cuenta con suficiente información para tomar una determinación.

Recibirá una notificación por escrito sobre la respuesta a su apelación, ya sea por correo postal o mediante la cuenta de Disasterassistance.gov/es que creó al solicitar asistencia de FEMA.

Apelación al cobro de deudas (recuperación) del Programa de Individuos y Familias

Si recibió una carta de Aviso sobre Posible Deuda, es importante que lea cuidadosamente la carta.

Puede apelar la determinación por escrito y solicitar una audiencia en los 60 días luego de la fecha en que recibió la carta de deuda. Las audiencias orales se programan cuando FEMA decide que el asunto de la deuda no puede ser resuelto revisando únicamente documentos presentados.

Una audiencia es una oportunidad para presentar evidencia relevante (por ejemplo, testimonios o documentos adicionales) para apoyar su reclamo.

Visite la página de Audiencias de apelación del Cobro de deudas (recuperación) del Programa de Individuos y Familias para obtener más información sobre el proceso.

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