FEMA sigue alojando a los sobrevivientes de los incendios forestales del 8 de agosto de 2023 en Maui a través de su Programa de Vivienda Directa. A partir del 1 de marzo de 2025, los sobrevivientes alojados a través de este programa deberán empezar a pagar alquiler. El alquiler se basa en la tasa de mercado justa para Maui del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano y no superará el 30% de los ingresos del hogar. La cantidad de alquiler determinada por FEMA puede ser apelada por el hogar.
Preguntas y respuestas: Requisitos de importe de alquiler
P. ¿Cuándo deberán empezar a pagar el alquiler los participantes en el programa de Vivienda Directa?
R. Todos los hogares de Vivienda Directa comenzarán a pagar el alquiler a FEMA el 1 de marzo de 2025.
P. ¿Cuándo se notificará a las familias el requisito de empezar a pagar el alquiler?
R. Los hogares recibieron notificaciones de 90-60 y 30 días en las que se les informaba del requisito de alquiler que comenzará el 1 de marzo de 2025.
P. ¿Qué pasa si no puedo pagar el alquiler?
R. La carta incluirá información sobre cómo apelar y solicitar un importe de alquiler más bajo.
P. ¿Cómo se determina el importe del alquiler?
R. El importe del alquiler se basa en la tasa de alquiler de mercado justo de 2025 en Maui del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de EE. UU. (HUD, por sus siglas en inglés), junto con la capacidad de pago del hogar.
Portal de HUD: Sistema de documentación de alquileres de mercado justos finales para el año fiscal 2025 - Seleccionar geografía
P. ¿Cuándo se factura al solicitante y qué información incluye la factura?
R. Se factura al solicitante el 1 de marzo y en la factura que recibe cada hogar se especifica cuánto se debe, cómo pagar y cuándo vence el pago.
Preguntas y respuestas: Proceso de recurso del importe de alquiler
P. Si los hogares tienen preguntas sobre el requisito de alquiler y el proceso de apelación, ¿con quién deben hablar?
R. Se exhorta a los hogares que participan en el programa de Vivienda Directa a hablar con su asesor de recertificación si tienen alguna pregunta sobre el proceso de apelación y qué documentación es necesaria para ser considerado para la reducción del alquiler.
P. ¿Cuánto tiempo tienen las familias para presentar una apelación para solicitar una reducción del alquiler?
R. Los hogares disponen de 60 días para apelar la reducción del alquiler a partir de la fecha de recibo de la carta de notificación de 30 días en la que se les informa del requisito de alquiler. FEMA recomienda encarecidamente que los hogares presenten su apelación lo antes posible para poder procesar la solicitud antes de la fecha de inicio del 1 de marzo. Un retraso en la presentación de la documentación de apelación puede prolongar el proceso de decisión sobre el alquiler.
P. ¿Cómo se presenta una apelación de reajuste del precio del alquiler?
R. Para presentar una apelación, los hogares deben explicar por escrito por qué no pueden pagar el alquiler establecido y adjuntar documentos que respalden su caso.
En su carta de apelación, los hogares deben detallar sus gastos, incluida hipoteca, los impuestos sobre la propiedad, el seguro de propietario o inquilino y los servicios públicos como electricidad, agua, gas y petróleo.
Ejemplos de documentos aceptables:
- Formularios federales W-2 (o talonarios de pago actuales) de todos los ocupantes mayores de 18 años.
- Un registro del pago actual de una hipoteca o un contrato de alquiler.
- Una copia de la factura actual del impuesto sobre bienes inmuebles o un cheque cancelado.
- Una copia de la factura de la póliza de seguro actual o del cheque cancelado.
- Una copia de facturas recientes o cheques cancelados para el pago de servicios públicos.
Si no se presenta la documentación pertinente, los ocupantes no podrán optar a una reducción del alquiler.
P. ¿Qué ocurre si la apelación de una familia no se tramita antes del 1 de marzo de 2025?
R. En este caso, los hogares que estén a la espera de una decisión definitiva sobre su tarifa de alquiler tendrían que pagar el importe íntegro del alquiler hasta que se tome una decisión. Una vez tomada la decisión, FEMA reembolsaría la diferencia.
Para los hogares que participan en el programa de Vivienda Directa que tengan preguntas adicionales, pueden llamar a la Línea Directa de Asistencia Individual de Vivienda al 808-784-1600.