Asistencia de vivienda provisional continua: está aquí si la necesita

Release Date:
abril 25, 2024

Si usted es un sobreviviente de las tormentas severas e inundaciones de Maine que tuvieron lugar del 9 al 13 de enero de 2024 y vive en los condados Cumberland, Hancock, Knox, Lincoln, Sagadahoc, Waldo, Washington o York, podría ser elegible para Asistencia de Vivienda Provisional Continua a través del Programa de Individuos y Familias de FEMA. FEMA puede pagar renta provisional, incluyendo un depósito de seguridad, en un lugar que no sea su vivienda dañada, para ayudarle a recuperarse.

Su alquiler puede ser una casa, apartamento u hotel. La asistencia incluye servicios esenciales como luz y agua, pero no cable ni internet. El monto de alquiler aprobado se basará en el valor justo de mercado para su área según lo determine el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos. 

La asistencia continua de alquiler puede estar disponible en función de la necesidad continua si no hay una vivienda adecuada disponible o si no ha completado un plan de vivienda permanente. Si tiene la intención de buscar asistencia continua, necesitará recibos para demostrar que utilizó su asistencia de FEMA para pagar la renta. Guarde sus recibos por tres años.

Puede calificar para recibir asistencia continua si:

  • Demuestra sus necesidades financieras relacionadas con el desastre; y
  • Demuestra que está desarrollando un plan de vivienda permanente o a largo plazo o demuestra progreso hacia uno. Como ejemplo, un estimado de reparaciones de un contratista puede apuntar a un progreso.

Un plan de vivienda permanente es aquel que lo colocaría de nuevo en una vivienda segura, sanitaria y funcional permanente dentro de un plazo razonable, incluido el tiempo suficiente para asegurar fondos, ubicar una vivienda permanente y mudarse a la vivienda. Debe continuar trabajando para obtener una vivienda permanente para seguir siendo elegible para recibir asistencia continua.

Si tiene una necesidad continua, puede solicitar asistencia adicional. 

Podrán otorgarse extensiones en la asistencia por periodos de tres meses hasta un máximo de 18 meses a partir del 20 de marzo de 2024, fecha de la declaración de desastre por tormentas severas e inundaciones.

Para ser elegible para recibir asistencia continua, debe cumplir con las siguientes condiciones:

  • Utilizó su asistencia de alquiler para pagar renta.
  • No puede regresar a su hogar porque no se puede acceder a él o no es adecuado para vivir debido al desastre.
  • No tiene dinero para vivienda si no recibe asistencia.
  • No está recibiendo ayuda provisional de vivienda de ninguna otra fuente.
  • Usted proporciona el estado de su plan de vivienda permanente.

La solicitud completa requerirá los siguientes documentos de apoyo:

  • Estatus de ingreso familiar actual y anterior al desastre.
  • Copias del arrendamiento previo al desastre, las facturas de servicios públicos y la información del seguro del inquilino.
  • Copia del contrato de arrendamiento o alquiler firmado por usted y el arrendador.
  • Los recibos de renta, cheques cancelados o giros postales que muestren que la asistencia se utilizó para pagar los gastos de vivienda.

Es importante mantener a FEMA actualizada con su información de contacto y el estado de su vivienda.

Para solicitar asistencia por desastre de FEMA, llame al número gratuito 800-621-3362, vaya en línea a DisasterAssistance.gov/es, descargue la aplicación de FEMA o visite un Centro de Recuperación por Desastre. La línea telefónica está abierta todos los días de 7 a. m. a  1 a. m., hora del Este, y la ayuda está disponible en la mayoría de los idiomas. Si utiliza un servicio de retransmisión como VRS, servicio telefónico con subtítulos u otros, facilite a FEMA su número para ese servicio. El plazo para presentar solicitudes es el 20 de mayo de 2024

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